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Preguntas frecuentes sobre el derecho de marcas en Puerto Rico

  • Foto del escritor: Michael Hernandez
    Michael Hernandez
  • 1 abr
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 22 may

Aquí encontrarás algunas preguntas frecuentes sobre el derecho de marcas en Puerto Rico.


¿El registro de marca tiene que realizarse antes de comenzar utilizar la marca?


No tiene por qué ser así. El registro puede realizarse antes de comenzar a utilizar la marca si se hace con intención de uso, pero también es posible registrar una marca que ya está en uso.


¿Las marcas son sólo logos?


No necesariamente. Una marca puede ser un color, olor, sabor, sonido, palabra, frase, logo, diseño especial o una combinación de estos.


¿En dónde registro una marca?


El registro de marca en Puerto Rico se puede realizar tanto en el Departamento de Estado en el Registro de Marcas o en el United States Patent and Trademark Office (USPTO). Como norma general, si la marca se está utilizando en Puerto Rico el registro se puede realizar en Departamento de Estado en el Registro de Marcas, pero si la marca cumple con unos requisitos adicionales el registro puede realizarse en el USPTO o en ambos registros.


Solicitud de Registro de Marca ("Trademark")
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¿El derecho de marcas y el "copyright" son lo mismo?


No son lo mismo. El "copyright", en español conocido como derechos de autor, es un área del derecho de propiedad intelectual distinta. En lugar de proteger una marca el "copyright" protege las obras artísticas creativas.


Algunas marcas de diseño pudieran tener una doble protección y estar protegidas por "copyright" también, pero tienen que cumplir con el mínimo de originalidad requerido por ley.


¿Cuando registre mi marca voy a poder utilizar el símbolo de la letra "R" (®)?


Va a depender del tipo de registro que realices. Si el registro es en el Departamento de Estado puedes utilizar la frase "Marca Registrada" o las letras "MR" para indicar el registro local de la marca.


Si el registro es en el USPTO puedes utilizar el símbolo de la letra "R" (®).


¿El registro con el USPTO es mejor que el Departamento de Estado?


El registro con el USPTO es a nivel federal, pero eso no necesariamente lo hace "mejor" automáticamente. Este registro tiene unos requisitos adicionales, pero en ocasiones si el cliente tiene los medios necesarios puede realizar ambos registros. Si el cliente solo puede escoger entre hacer uno o el otro debe consultar con su abogado cuál le recomienda basado en los hechos particulares de su marca.


¿Puedo demandar a una persona que está utilizando una marca parecida o idéntica a la mía?


El hecho de que una persona está utilizando una marca idéntica o similar a la que usted utiliza es importante, pero no es el único hecho que se evalúa antes de radicar una demanda ya sea por daños o para buscar un interdicto (en inglés injunction). Hay que tomar en consideración la probabilidad de confusión utilizando los factores establecidos tanto por la ley y la jurisprudencia de Puerto Rico como por la ley y la jurisprudencia federal de Estados Unidos.


Además de lo mencionado anteriormente, las fechas de uso de las marcas y otros hechos son importantes en este tipo de procedimientos. Estos deben ser evaluados por el profesional del derecho que lo asesore y/o represente antes de tomar cualquier acción judicial o administrativa.


¿Puedo vender una marca?


Claro que sí. Al igual que muchos otros bienes, las marcas pueden ser vendidas, cedidas o enajenadas y si tienes un registro de esta el adquirente se sentirá más seguro de que en realidad está adquiriendo un bien pues vas a tener evidencia emitida por una agencia de gobierno que certifica la titularidad del bien. El registro también le añade valor a tu marca.


¿Cuánto tiempo se tarda en ser aprobado el registro de una marca?


Lo normal es que tarde entre ocho (8) a doce (12) meses, pero puede tardar más o menos tiempo.


Es bueno tener en cuenta que el someter una solicitud de registro de marca no garantiza que será aprobada. Una solicitud puede ser rechazada por distintas razones. De ocurrir un rechazo el cliente debe estar preparado para junto a su abogado tomar una decisión sobre si continuará o no con el trámite y qué argumento presentar para refutar el rechazo.


¿El registro de comerciante y el registro de marca son lo mismo?


No. Son dos trámites totalmente distintos. El registro de comerciante tiene que ver con la responsabilidad de los comerciantes de registrarse con en el Departamento de Hacienda de Puerto Rico y el registro de marca tiene que ver con la protección de su marca como propiedad intelectual.

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